SEGUROS




Lo primero que me gustaría aclarar es la diferencias entre seguros.

Una cosa es el seguro de protección de pagos que contrata un propietario y otra el seguro obligatorio que debe tener cualquier propietario que tenga un inmueble y esté hipotecado o alquilado, estos dos casos son por ley de obligado cumplimiento tener ese seguro.
En caso de arrendamiento por tanto, el propietario debe de tener su seguro del hogar, y por parte del inquilino el seguro recomendable y a veces exigido por la propiedad, es el de responsabilidad civil. (incendios o robos con daños por ejemplo…)

Los seguros de protección de pagos que contrata un propietario es para asegurarse el cobro de las rentas y es totalmente a parte de los seguros standard del hogar. Sus costes rondan entre el 3% y el 5% de la renta que se cobra, y suelen cubrir mínimo un año de pagos de esa renta mensual, en caso de incumplimiento por parte del inquilino.

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